La sentencia de muerte que le fue dictada a Ricardo Puente Rodríguez el 6 de agosto de 1937 por un Consejo de Guerra de Málaga fue anulada en el año 2007 por la Sala de lo Militar del Tribunal Supremo después que el tribunal aceptara revisar el caso presentado por el hijo de Ricardo Puente, Fernando Puente Aguado.
La causa de la anulación es que quedó demostrado que Puente fue juzgado por el mismo delito dos veces. En la primera causa fue absuelto y en la segunda condenado a muerte, aunque su pena fue conmutada por otra de seis años de prisión.
El delito por el que fue juzgado fue el de rebelión militar, "por sus ideales extremistas, como perteneciente a los partidos de Acción y de Izquierda Republicana, por la propaganda antes y durante el Movimiento hecha en la estación de radio EAJ 9 de su propiedad, por las interferencias hechas en la mañana del día 18 de Julio para que no pudieran oírse en esta ciudad las emisoras del Norte de África adictas en aquellas horas al Movimiento Nacional".
Visto en:
http://www.izqrepublicana.es/documentacion/memoria.htm
No hay comentarios:
Publicar un comentario