Durante los años veinte se vive un evidente impulso del movimiento sufragista en el mundo occidental. En España, Primo de Rivera concede el voto a las mujeres en el ámbito municipal cuando es aprobado el Estatuto Municipal en 1924, aunque esta ley nunca llegó a ponerse en práctica. En la Asamblea Nacional Consultiva se sentaron trece mujeres hacia 1929.
La II República comenzó reconociendo el derecho de las mujeres a ser elegidas para ocupar un escaño en el Congreso, pero no la capacidad de votar. En las primeras Cortes republicanas dos escaños de los cuatrocientos setenta fueron ocupados por dos mujeres, fundamentales en la Historia Contemporánea de España: Clara Campoamor por el Partido Radical, y Victoria Kent por el Partido Radical Socialista. Más tarde se incorporaría Margarita Nelken por el PSOE.
En las Cortes se entabló un intenso debate sobre el derecho al voto femenino en el que se destacó Clara Campoamor con su defensa al voto. Al final, ganó la propuesta de reconocimiento del derecho al sufragio para las mujeres, como se recogió en el artículo 36 de la Constitución, además del reconocimiento formal de la igualdad entre hombres y mujeres.
Durante la vida de la II República no asistimos a un desarrollo autónomo del movimiento feminista sino que se vio inmerso en el encendido conflicto entre las derechas y las izquierdas. El discurso feminista español del momento se inscribe dentro del discurso igualitario y liberal occidental, pero sin el apoyo masivo de las mujeres que se puede comprobar en otros países. Entre los movimientos más destacados de la época estarían la Unión Republicana Femenina, la Agrupación Socialista Femenina, el Comité de Mujeres contra la guerra y el fascismo, y la Comisión Femenina del Frente Popular.
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