Esta ley constituye uno de los instrumentos fundamentales para la represión política en la España de Franco. Fue elaborada en febrero de 1939. En su primer artículo se declara la responsabilidad política de las personas físicas y jurídicas que desde el primero de octubre de 1934 y hasta el 18 de julio de 1936, contribuyeron a crear o agravar la subversión del orden, y de aquellas personas que después de julio del 36 se hayan opuesto o que se opongan al Movimiento Nacional, ya sea de forma activa o con una pasividad grave, es decir, por este artículo quedarían encuadradas todas las personas y organizaciones del Frente Popular y las que no participasen activamente en el nuevo orden político. En la ley se relacionan todas y cada una de las organizaciones políticas y sindicales "responsables", incluidas la masonería.
La responsabilidad era determinada en Tribunales especiales con miembros de la Falange, el ejército, y la magistratura. La responsabilidad política derivaba en la consiguiente incautación de bienes.
Esta ley estuvo vigente hasta el año 1945.
Se trata de uno de los ejemplos más claros de vulneración del derecho como se concibe en Occidente:
1. Tiene carácter retroactivo.2. Une en una misma ley las responsabilidades de personas físicas y de personas jurídicas.3. Establece la represión política.4. Establece un sistema judicial extraordinario y muy politizado.
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